Estimados/as asociados/as.
Informamos a Uds. que, en el día de ayer la Contraloría General de la República, mediante el dictamen E561358 / 2024, ha resuelto que el órgano contralor, en lo sucesivo, no conozca las materias referidas a la confianza legítima que reclamen los funcionarios.
El motivo, según lo razonado por el órgano contralor, es que las materias referidas a reclamaciones por confianza legítima han devenido en materias litigiosas que deben ser resueltas por los tribunales, dado que la contraloría no puede conocer de asuntos litigiosos según lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336 (Orgánica de la Contraloría).
Lo anterior, que observamos con muchísima preocupación, nos debe mantener alertas y ocupados. En lo inmediato, apoyar firme y activamente las negociaciones de la ANEF para que, finalmente la confianza legítima tenga el reconocimiento legal que merece, vale decir, que quede incorporado como ley como un derecho más, sin estar expuesto al reconocimiento o no, de autoridad administrativa o judicial.
Se adjunta dictamen para vuestro conocimiento y análisis.